viernes, 3 de diciembre de 2010

ALALC Y ALADI:

El Tratado de Montevideo 1980, que instituyó a la ALADI, sustituyó al Tratado suscrito el 18 de febrero de 1960 por el cuál se había creado la ALALC (Asociación Latinoamericana de Libre Comercio). Con esta sustitución se estableció un nuevo ordenamiento jurídico operativo para la prosecución del proceso de integración, que se complementó con las resoluciones adoptadas en la misma fecha por el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la ALALC.
Ambos Tratados coincidían en los mismos objetivos y perseguían como meta final a largo plazo, el establecimiento de un mercado común latinoamericano. Muestra de esta sintonía fue la continuidad que se reflejó en dos de las decisiones adoptadas por el Consejo de Ministros. La primera de ellas, hacía referencia a la revisión de las concesiones otorgadas en los distintos mecanismos de desgravación arancelaria del Tratado de Montevideo 1960, con el objeto de incorporarlas al nuevo esquema; y la segunda, a la revisión y adecuación de las normas vigentes en la estructura jurídica de la ALALC.
  El programa de liberación comercial multilateral y sus mecanismos auxiliares tendientes a perfeccionar una zona de libre comercio, fueron sustituidos por un área de preferencias económicas integrada por un conjunto de mecanismos que comprende una preferencia arancelaria regional, acuerdos de alcance regional y acuerdos de alcance parcial. Dichos instrumentos ofrecen múltiples opciones operativas a los países miembros, a través de cuya convergencia será posible avanzar hacia etapas superiores de integración económica.

TLCUE: Tratado de Libre Comercio con la Union Europea y Mexico

  Después de varios años de negociaciones con la Unión Europea, se logra concretar el Acuerdo de Asociación Económica Concertación política y Cooperación entre los estados miembros de la Unión Europea y los Estados Unidos Mexicanos.
Este Acuerdo, se ha convertido en un logro para México no solo por lo que el propio Acuerdo enmarca, también por lo novedoso de este tratado. México se convierte así en el primer país en Latino América en concretar un acuerdo con la Unión Europea; logra contratarse con los dos comercios más grande el de EUA y el de la UE. Para la UE este Acuerdo simboliza su más ambicioso proyecto comercial con extra comunitario.
   El proceso de integración que se han llevado el de la Unión Europea (UE) es el más avanzado del mundo, los logros de los países que la conforman, y las instituciones y acuerdos que los unen, han creado un modelo para muchos países que, dadas su historia y sus afinidades culturales, se proponen unirse para lograr los beneficios de mercados más amplios, de productividades sumadas, de economías de escala y, como la UE lo ha demostrado, de esfuerzos políticos conjuntos que dan mayor vigor a posiciones que individualmente resultan poco representativas.
   México ha participado tanto en los esfuerzos de integración latinoamericana como en la integración de América del Norte. Además, ha sido puente entre los países de la Cuenca del Pacífico y del Atlántico. Sin embargo, recientemente, México asumió, como compromiso y base para sus relaciones futuras, un acuerdo comercial con el norte del continente americano, con ello, ha surgido una nueva manera de plantear las relaciones con otros países y, sobre todo, con otros bloques.

jueves, 2 de diciembre de 2010

MERCOSUR-MEXICO: Analisis.

 Es una unión subregional integrada por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, con Bolivia y Venezuela en proceso de incorporación. Tiene como países asociados a Chile, Colombia, Ecuador y Perú. Fue creado el 26 de marzo de 1991 con la firma del Tratado de Asunción, estableciendo:
 La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países.
México solicitó hace dos años su ingreso como país asociado al Mercosur, bloque subregional que tiene como miembros plenos a Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

PACTO ANDINO:


   Está constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, además de los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración (SAI). Antes de 1996, era conocida como el Pacto Andino o Grupo Andino.
Ubicados en América del Sur, los cuatro países andinos agrupan a casi 100 millones de habitantes en una superficie de 3.798.000 kilómetros cuadrados, cuyo Producto Interno Bruto se estima ascendería en el 2007 a 280.392 millones de dólares.
OBJETIVOS:
*Promover el desarrollo equilibrado y armónico de sus Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social.
*Acelerar su crecimiento y la generación de empleo.
*Impulsar su crecimiento y la generación de empleo.
*Impulsar su participación en el proceso de integración regional con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano.
*Disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los Países miembros en el contexto económico internacional.
*Procurar el mejoramiento persistente en el nivel de vida de sus habitantes.

El Sistema Andino de Integración (SAI) es la estructura que articula y permite coordinar al conjunto de órganos y convenios que forman parte de la Comunidad Andina.

APEC, ISRRAEL, CHILE Y EL MERCADO COMUN C.A.

APEC
ISRRAEL
CHILE
MERCADO COMUN CENTRO  AMERICANO
OBJETIVOS:
Tienen política multilateral
OBJETIVOS:
Establecer una zona de libre comercio para intensificar el comercio y la economía por medio de la liberación de gravámenes y restricciones a las importaciones.
OBJETIVOS:
Eliminara las barreras del comercio. Y facilitar el comercio
-proteger y hacer valer los derechos de propiedad intelectual
OBJETIVOS:
LIBRE COMERCIALIZACION ENTRE LOS PAISES
EXPORTACION E IMPORTACIONES:

85% del comercio internacional de México  se realiza con miembros de la apec.
IMPORTACIONES:   273.7 millones de dólares son exportados de México a isrrael.
EXPORTACION E IMPORTACIONES:

Tienen una  política bilateral.


EXPORTACION E IMPORTACIONES:

35,37 mil millones  de dólares. En importación.

69,1 mil millones.
EXPORTACION E IMPORTACIONES:

572 millones de dólares. Que de esta cantidad México solo exporta el 2%
QUE LOGROS A TENIDO EL TRADO:

A crecido el  395% de la apec.
Y  el PIB se ha triplicado.
QUE LOGROS A TENIDO EL TRADO:

271.2 mil millones de dolares
QUE LOGROS A TENIDO EL TRADO:

A crecido su economía chilena en un 12%
QUE LOGROS A TENIDO EL TRADO:
IMVERSION EXTRANJERA EN MEXICO:

IMVERSION EXTRANJERA EN MEXICO:
IMVERSION EXTRANJERA EN MEXICO:
IMVERSION EXTRANJERA EN MEXICO:
QUE PAISES LA CONFORMAN:

21 ECONOMIASW
ISRRAEL.
CHILE
C0STA RICA, ZALVADOR, HODURAS.
QUE DESGRABACION ARANCELARIA TIENE :


DESGRABACION TOTAL.

APEC:

El Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico o APEC es el mayor espacio para facilitar el crecimiento económico, la cooperación, el comercio y las inversiones en la región de Asia Pacífico.

APEC es la única agrupación intergubernamental relevante en el mundo que opera sobre la base de compromisos no vinculantes, diálogo abierto y respeto igualitario para los puntos de vista de todos los participantes. A diferencia de la OMC u otros cuerpos multilaterales de comercio, APEC no contiene obligaciones para sus integrantes. Las decisiones adoptadas en APEC son por consenso y los compromisos son voluntarios. No obstante, recientemente el Foro da dado lugar a los pathfinders, iniciativas plurilaterales que podrían tener un carácter vinculante, en orden a avanzar hacia las Metas de Bogor.

APEC tiene 21 miembros -referidos como "Economías Miembros"-, que reúnen a más de 2.5 billones de personas, un PGB combinado de US$ 19 trillones, y el 47% del comercio mundial. También representa a la región más dinámica económicamente en todo el mundo, generando cerca del 70% del crecimiento económico global en sus primeros 10 años

Las 21 economías APEC son: Australia; Brunei Darussalam; Canadá; Chile; República Popular China; Hong Kong, China; Indonesia; Japón; República de Corea; Malasia; México; Nueva Zelanda; Papua Nueva Guinea; Perú; República de las Filipinas; Federación Rusa; Singapur; Taipei chino ; Tailandia; Estados Unidos de América; y Viet Nam.

Propósitos y metas

APEC fue establecido en 1989 para mejorar el crecimiento económico y la prosperidad en la región, y para fortalecer a la comunidad de Asia Pacífico. Desde su nacimiento, APEC ha trabajado para reducir las barreras comerciales en la región de Asia Pacífico, creando eficientes economías domésticas e incrementando las exportaciones. Claves en este proceso son las llamadas Metas de Bogor : comercio e inversiones abiertas y libres en el 2010 para las economías industrializadas, y en el 2020 para las economías en desarrollo. Estas metas fueron adoptadas por los Líderes en su reunión de 1994 en Bogor, Indonesia

Comercio e inversiones libres y abiertas ayudan a las economías a crecer, crear trabajos y proveer mejores oportunidades al comercio internacional y las inversiones. En contraste, el proteccionismo mantiene los precios altos y sostiene ineficiencias en algunas industrias. Un comercio libre y abierto ayuda a disminuir los costos de producción y a reducir los precios de los bienes y servicios, un directo beneficio para todos.

APEC también trabaja para generar un ambiente seguro y eficiente para el movimiento de bienes, servicios y personas a través de las fronteras en la región, mediante políticas de alineamiento y cooperación técnica y económica.

jueves, 4 de noviembre de 2010

PARTICIPACION; MEXICO Y EUA. EN FOROS DE CONTROVERSIA

OPINIONES:
ESTADOS UNIDOS DEMANDO A MEXICO POR  SUBIR  LOS IMPUESTOS AL  JARABE DE MAIZ. Y EXAGENRANDO EN TAMBIEN APLICARLE  ESTE ARANCEL A TODOS LOS REFRESOCOS QUE FUERAN HECHOS CON JARABE DE MAIZ. E.U.  OPTO POR VENIR A PONER SUS PLANTAS DE PROCUCCION EN MEXICO. AL  FINAL GANO LA DEMANDA POR INCUMPLIMIENTO AL TRATADO COMERCIAL QUE TIENE MEXICO CON EU Y CANADA QUE ES EL TLCAN. LA DEMANDA ESTABA MUY BIEN FUNDAMENTADA Y  EL TRIBUNAL FALLO A FAVOR DE EUA. LO CUAL ME PARECE MAL POR NO SER BENEFICIADO MI PAIS. TAMBIEN POR QUE LA  ALTA FRUCTUSA VIENE  A DARLE EN LA TORRE A LA AZUCAR DE CAÑA. DE  LOS CUALES VIVEN MILES DE FAMILIAS EN MEXICO. DESDE OBREROS  Y SINDICATOS HASTA LOS AGRICULTORES DE ESTE PRODUCTO. ME PARECE  MUY  INTELIGENTE EU  QUE AL VER QUE NO PUEDE MANDAR JARABE DE MAIZ POR TENER UN ARANCEL MUY ALTO SE PONE LAS PILAS Y LO COMIENZA A MANDAR EN PRODUCTOS YA TERMINADOS COMO EL REFRESCO Y  ME PARECE  UN POCO COMICA LA REACCION QUE TIENE MEXICO DE  PONERLE ARANCEL A TODOS LOS REFRESCON QUE ESTEN ENDULSADOS CON JARABE DE MAIZ. POR HACER ESTO SIN REVISAR EL TRATADO QUE HABIA FIRMADO FUE QUE PERDIO LA DEMANDA. GRACIAS.

MEXICO DEMANDA A E.U POR NO CUMPLIR EN TLCAN.
MEXICO MOSTRO SU INCONFORMIDADA FRENTE AL TRATO QUE ESTADOS UNIDOS  LE ESTA DANDO A LOS TRANSPORTISTAS MEXICANOS. PONIENDO UNA SERIE DE TRABAS PARA QUE PUEDAN PASAR. AL HACER ESTO NUESTRO PAIS VECINO  INCUMPLE EN EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO QUE FIRMO CON NUESTRO PAIS.  ES POR ESTO QUE MEXICO LO DEMANDA ANTE UN TRIBUNAL. PIDIENDO SE CUMPLA COMO FUE FIRMADO DESDE UN PRINCIPIO. ESTADOS UNIDOS EN SU DEFENSA ALEGA QUE POR LA INSEGURIDAD Y EL NARCOTRAFICO QUE VIVIMOS EN MEXICO. EL A PUESTO SUS MEDIDAS DE PROTECCION. PERO LO HACE SIN TOMAR EN CUENTA EL TRATADO QUE FIRMO Y ASI  ESTA IMCUPLIENDO SU PARTE. POR QUE ESOS MOTIVOS NO TIENEN NADA QUE VER CON EL TLCAN. ES POR ESTO QUE LA DEMANDA BIEN ELABORADA POR EL GOBIERNO MEXICANO OBTUVO EL FALLO.

lunes, 18 de octubre de 2010

DESGRABACION DE ARANCELES

México tiene un sistema de desgravaciones con cada país y en distintas mediadas según sus tratados o convenios con las demás economías globales.
ALADI: Asociación latinoamericana de Integración. Esta asociación da a los países integrantes beneficios arancelarios o preferencias que se dan entre estos países, la finalidad del ALADI  el promover la desgravación arancelaria la promoción del comercio entre otras cosas.
SEGUNLA PAGINA PRINCIPAL DEL BID. MEXICO NO TIENE DESGRAVACION ARANCELARIA CON BRASIL. SIENDO ESTE EL PAIS QUE EL MAESTTRO ME PIDIO INVESTIGAR.
Desgravación en el TLCAN: En este tratado la desgravación está contemplada en distintas categorías divididas por número de años y va del A a la E y se establecen la eliminación de los productos contemplados en cada categoría.
TLC con la unión europea: la unión europea en el caso con la desgravación con México nos ha dado más ventaja para poder competir en una manera más igual.
 

ACUERDO DE ENTENDIMIENTO COMERCIAL

SEGUNDA PARTICIPACION...
Existen dos tipos de acuerdos comerciales:

De Cooperación internacional: es un sistema mediante el cual se asocian varios estados con el fin de alcanzar determinados objetivos comunes que responden a sus intereses solidarios, sin que la acción emprendida, ni las medidas adoptadas para alcanzarlos, afecten esencialmente a sus jurisdicciones o a sus prerrogativas de estado soberano.

De Integración internacional: es un sistema por el que se unen varios estados, aceptando no hacer valer unilateralmente sus jurisdicciones y delegando su ejercicio en una autoridad supranacional, en la que se opera la fusión de sus intereses, y a cuyas decisiones aceptan someterse mediante el control y los procedimientos adecuados, para todo aquello que se refiera al sector de actividad encomendado a la alta autoridad.
Este tipo de acuerdos  interinstitucionales  están estipulados en la ley de la celebración de tratados .
El memorando de entendimiento entre México y china  sobre el tequila y habla sobre las barreras que china ha impuesto al tequila por que contiene metanol pero la OMC dice que México es el único lugar en el mundo donde se puede producir el tequila  y el CRT  mediante un memorándum da los argumentos para que no se siga restringiendo la entrada del tequila de procedencia mexicana, entonces tenemos diferentes tipos de convenios interinstitucionales  y con distintos  niveles de alcance y sectores.
 

jueves, 7 de octubre de 2010

ALADI: MEXICO-BRASIL ACD 53

ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION: (ALADI)
  LA REPUBLICA ARGENTINA, EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, LA REPUBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, LA REPUBLICA DE CHILE, LA REPUBLICA DE COLOMBIA, LA REPUBLICA DE ECUADOR, LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA REPUBLICA DEL PARAGUAY, LA REPUBLICA DEL PERU, LA REPUBLICA ORIENTAL DE URUGUAY Y LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, LA REPUBLICA DE CUBA. ESTOS SON LOS PAISES QUE ENCONTRAMOS QUE PERTENECEN AL ALADI. PERO TAMBIEN PUEDE SER PARTE AQUELLOS PAISES LATINOAMERICANOS QUE ASI LO SOLICITEN AL ARTICULO 58 DEL TM80. Y CORRESPONDE AL CONSEJO DE MINISTROS ACEPTAR LA ADHESION DE UN PAIS.

ACUERDO 53 BRASIL MEXICO
ALADI – ACE 53 con Brasil, 31 de diciembre de 2002, 2 de abril de 2003 y 2 de mayo de 2003
*El 3 de julio de 2002, Brasil y México suscribieron el Acuerdo de Complementación Económica No 53.
Dos días después, México y los países miembros del MERCOSUR - del que Brasil forma parte - suscribieron el Acuerdo de Complementación Económica No 54 (ACE Nº 54) con el objetivo de crear un área de libre comercio.
*A ocho años de vigencia del Acuerdo, el 10 de mayo de 2010, en Ciudad de México, ambos países se reunieron para discutir la profundización del ACE Nº 53. El 12 de mayo del mismo año, Brasil y México anunciaron la preparación de un Acuerdo Estratégico de Integración Económica. La próxima reunión está prevista para junio de 2010.
ESTE ACUERDO ESTA CARACTERIZADO POR SER DE LOS DE PREFERENCIAS FIJAS, ESTOS HAN CONSITUIDO UNA PARTE IMPORTANTE DEL PROCESO INICIAL DE INTEGRACION QUE SE HA LLEVADO ACABO ENTRE LOS PAISES MIEMBROS DE LA ASOCIACION. ESTA UBICADO EN EL SEGUNDO GRUPO. JUNTO CON EL ACUERDO 64 DE PARAGUAY Y VENEZUELA
REFERENCIA ELECTRONICA:
http://www.aladi.org/nsfaladi/arquitec.nsf/VSITIOWEB/Inf_acuerdos_de_alcance_parcial_acdos

martes, 5 de octubre de 2010

SEGUNDA PARCIAL

ACUERDO INTERRISNSTITUCIONALES  ( ACUERDO ENTENDIMIENTO COMERCIAL )
 primer ensayo de la 2da parcial.

Se celebran entre una dependencia o un organismo descentralizado de la administración pública federal, estatal o municipal…

1.       Tendrá que ser  tratado cuando el tema sea competencia del legislativo.
2.       Se involucra a la nación como todo.


Es un entendimiento bilateral o multilateral entre estados, cuyo objeto es armonizar los intereses respectivos de los nacionales de las partes contratantes y aumentar los intercambios comerciales.

En su artículo 7°, la Ley establece los requerimientos para que un gobierno local, sea del orden estatal o municipal, pueda celebrar este tipo de instrumentos.
La Secretaria de Relaciones Exteriores es la que regula y autoriza los tratados para que se lleven a cabo y despues de aceptarlos hace su opinio para decir lo bueno y lo malo.
PAGINA ELECTRONICA DE INVESTIGACION:

lunes, 4 de octubre de 2010

PRIMERA PARTICIPACION

LOS TRATADOS Y ACUERDO QUE TIENE MEXICO CON ALGUNOS PAISES.
 Mexico cuenta con  diferentes acuerdos y tratados con los demas paises. mismo que yo opino lo debe de beneficiar para impulsar su crecimiento economico, crear mas empleos, para diversificar los mercados externos para nustros productos hechos en nuestro pais y habilitar leyes que nos benficien para el comercio. existe el AELC asociacion europea de libre comercio, tambien tenemos el TLC, EL TLCAN  con canada y estados unidos.
tambien, se firmó un Acuerdo de Complementación Económica (ACE) entre México y Brasil, el cual tiene como objetivo fomentar y diversificar las exportaciones mexicanas a ese mercado, así como fortalecer los lazos entre México y el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y  mensiono este ultimo por que me toco investigarlos con con  el ALADI.

jueves, 30 de septiembre de 2010

LEY SOBRE LA CELEBRACION DE TRATADOS

LEY SOBRE LA CELEBRACION DE TRATADOS
Artículo 1o.-
interinstitucionales en el ámbito internacional. Los tratados sólo podrán ser celebrados entre el Gobierno
de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de derecho internacional público. Los acuerdos
interinstitucionales sólo podrán ser celebrados entre una dependencia u organismos descentralizados de
la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal y uno o varios órganos gubernamentales
extranjeros u organizaciones internacionales.
La presente Ley tiene por objeto regular la celebración de tratados y acuerdos
Artículo 2o.-
Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
I.- “Tratado”:
Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de Derecho Internacional Público, ya
sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en materias específicas, cualquiera
que sea su denominación, mediante el cual los Estados Unidos Mexicanos asumen compromisos.
De conformidad con la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los tratados deberán ser aprobados por el Senado y serán Ley Suprema de toda la Unión
cuando estén de acuerdo con la misma, en los términos del artículo 133 de la propia Constitución.
el convenio regido por el derecho internacional público, celebrado por escrito entre el
II.- “Acuerdo Interinstitucional”:
por escrito entre cualquier dependencia u organismo descentralizado de la Administración Pública
Federal, Estatal o Municipal y uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones
internacionales, cualquiera que sea su denominación, sea que derive o no de un tratado previamente
aprobado.
El ámbito material de los acuerdos interinstitucionales deberá circunscribirse exclusivamente a las
atribuciones propias de las dependencias y organismos descentralizados de los niveles de gobierno
mencionados que los suscriben.
el convenio regido por el derecho internacional público, celebrado
III.- “Firma ad referéndum”:
que su consentimiento en obligarse por un tratado requiere, para ser considerado como definitivo, de su
posterior ratificación.
el acto mediante el cual los Estados Unidos Mexicanos hacen constar
LEY SOBRE LA CELEBRACIÓN DE TRATADOS
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Centro de Documentación, Información y Análisis
Nueva Ley DOF 02-01-1992
2 de 3
IV.- “Aprobación”:
República.
el acto por el cual el Senado aprueba los tratados que celebra el Presidente de la
V.- “Ratificación”, “adhesión” o “aceptación”:
hacen constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado.
el acto por el cual los Estados Unidos Mexicanos
VI.- “Plenos Poderes”:
representar a los Estados Unidos Mexicanos en cualquier acto relativo a la celebración de tratados.
el documento mediante el cual se designa a una o varias personas para
VII.- “Reserva”:
objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a
los Estados Unidos Mexicanos.
la declaración formulada al firmar, ratificar, aceptar o adherirse a un tratado, con
VIII.- “Organización Internacional”:
internacional público.
la persona jurídica creada de conformidad con el derecho
Artículo 3o.-
Corresponde al Presidente de la República otorgar Plenos Poderes.
Artículo 4o.-
de la Constitución, se turnarán a comisión en los términos de la Ley Orgánica del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos, para la formulación del dictamen que corresponda. En su oportunidad, la
resolución del Senado se comunicará al Presidente de la República.
Los tratados, para ser obligatorios en el territorio nacional deberán haber sido publicados previamente
en el
Los tratados que se sometan al Senado para los efectos de la fracción I del artículo 76Diario Oficial de la Federación.
Artículo 5o.-
manifestará a través de intercambio de notas diplomáticas, canje o depósito del instrumento de
ratificación, adhesión o aceptación, mediante las cuales se notifique la aprobación por el Senado el
tratado en cuestión.
La voluntad de los Estados Unidos Mexicanos para obligarse por un tratado se
Artículo 6o.-
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, coordinará las acciones necesarias para
la celebración de cualquier tratado y formulará una opinión acerca de la procedencia de suscribirlo y,
cuando haya sido suscrito, lo inscribirá en el Registro correspondiente.
La Secretaría de Relaciones Exteriores, sin afectar el ejercicio de las atribuciones de las
Artículo 7o.-
Estatal o Municipal deberán mantener informada a la Secretaría de Relaciones Exteriores acerca de
cualquier acuerdo interinstitucional que pretendan celebrar con otros órganos gubernamentales
extranjeros u organizaciones internacionales. La Secretaría deberá formular el dictamen correspondiente
acerca de la procedencia de suscribirlo y, en su caso, lo inscribirá en el Registro respectivo.
Las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal,
Artículo 8o.-
para la solución de controversias legales en que sean parte, por un lado la Federación, o personas físicas
o morales mexicanas y, por el otro, gobiernos, personas físicas o morales extranjeras u organizaciones
internacionales, deberá:
Cualquier tratado o acuerdo interinstitucional que contenga mecanismos internacionales
I.-
principio de reciprocidad internacional;
Otorgar a los mexicanos y extranjeros que sean parte en la controversia el mismo trato conforme al
II.-
Asegurar a las partes la garantía de audiencia y el debido ejercicio de sus defensas; y
LEY SOBRE LA CELEBRACIÓN DE TRATADOS
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Centro de Documentación, Información y Análisis
Nueva Ley DOF 02-01-1992
3 de 3
III.-
Garantizar que la composición de los órganos de decisión aseguren su imparcialidad.
Artículo 9o.-
órganos de decisión de los mecanismos internacionales para la solución de controversias a que se refiere
el artículo 8o. cuando esté de por medio la seguridad del Estado, el orden público o cualquier otro interés
esencial de la Nación.
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos no reconocerá cualquier resolución de los
Artículo 10o.-
en los casos en que la Federación sea parte en los mecanismos internacionales para la solución de
controversias legales a los que se refiere el artículo 8o. a quienes participen como árbitros, comisionados
o expertos en los órganos de decisión de dichos mecanismos.
De conformidad con los tratados aplicables, el Presidente de la República nombrará,
Artículo 11.-
aplicación de los mecanismos internacionales para la solución de controversias legales a que se refiere el
artículo 8o., tendrán eficacia y serán reconocidos en la República, y podrán utilizarse como prueba en los
casos de nacionales que se encuentren en la misma situación jurídica, de conformidad con el Código
Federal de Procedimientos Civiles y los tratados aplicables.
Las sentencias, laudos arbitrales y demás resoluciones jurisdiccionales derivados de la
TRANSITORIO
ARTICULO UNICO.-
Oficial de la Federación
México, D.F. a 21 de diciembre de 1991.- Sen.
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario.Artemio Iglesias Miramontes, Presidente.- Dip.
Rigoberto Ochoa Zaragoza
Alapizco Jiménez
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia expido el presente Decreto, en la
residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la ciudad de México, Distrito Federal a los veintitrés días del
mes de diciembre de mil novecientos noventa y uno.-
de Gobernación,
, Presidente.- Sen. Oscar Ramírez Mijares, Secretario.- Dip. Domingo.- Secretario.- Rúbricas.”Carlos Salinas de Gortari.- Rúbrica.- El SecretarioFernando Gutiérrez Barrios.- Rúbrica.

LEYES Y FUNDAMENTOS DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES

 
Constitución política de los estados unidos mexicanos
Contenido:
Fracción
Articulo 133
Todos los tratados que emanen de esta constitución, serán la ley suprema.

Articulo 89
Facultades y obligaciones del presidente
1-     Fracción: Promulgar y ejecutar las leyes que expida el congreso de la unión
10- fracción: dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales
Articulo 76
Son facultades exclusivas del senado
1-     Fracción: analizar la política exterior desarrollada por el ejecutivo federal














LEY
ARTÍCULO
FRACCIÓN
DESCRIPCIÓN
Orgánica del Gobierno de la Administración Pública Federal
16

Corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, pero para la mejor organización del trabajo podrán delegar en los funcionarios a que se refieren los Artículos 14 y 15.

14. Subsecretarios, Oficial Mayor, Directores,
Subdirectores, Jefes y Subjefes de Departamento, oficina, sección y mesa

15. Secretarios generales, oficial mayor, directores,
subdirectores, jefes y subjefes de oficina, sección y mesa.
Orgánica del Gobierno de la Administración Pública Federal
31
XII y XXV
A la SHCP le corresponde:

XII. Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la
Inspección Fiscal y Aduanera

XXV. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
Ley Orgánica del Servicio Exterior
3

El Servicio Exterior se integra por personal de carrera, personal temporal y personal asimilado y
comprende las ramas diplomático-consular y técnico-administrativa.
Ley Orgánica del Congreso General
85

La Cámara de Senadores contará con el número de comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones.


86

Las Comisiones ordinarias tendrán a su cargo las cuestiones relacionadas con la materia propia de su denominación y, conjuntamente con la de Estudios Legislativos, el análisis y dictamen de las iniciativas de leyes y decretos de su competencia.

93

Las reuniones de las comisiones podrán ser públicas, cuando así lo acuerden sus integrantes.
También podrán celebrar sesiones de información y audiencia a las que asistirán, a invitación de ellas, las personas consideren puedan aportar conocimientos y experiencias sobre el asunto de que se trate.

94

Las comisiones tomarán sus decisiones por mayoría de votos de sus miembros. Los dictámenes que produzcan deberán presentarse firmados por la mayoría de los senadores que las integren.




                        
Ley
Articulo
Fracción
Significado
Ley aduanera
1 y 144
23 y 25
1.- ley de impuestos generales de importación y exportación, regula la entrada y salida al territorio nacional de mercancía y de su transporte.
144_23.-tiene la facultad de expedir previa opinión de la secretaria de comercio y fomento industrial, reglas para la aplicación de las disposiciones en materia aduanera de los tratados o acuerdos internacionales en los que México sea parte.
25.-las que le sean conferidas en tratados o acuerdo internacionales de los que México sea parte.
Ley sobre la celebración de tratados
Art. 2 y art 5
Fracc. 1_2º párrafo
2.-Los tratados deberán ser aprobados por el senado en términos del art 133 de la constitución.

5.-Para obligar por un tratado a manifestar a través de intercambio de notas diplomáticas, canje o deposito del instrumento de ratificación mediante las cuales se notifique la aprobación por el senado.